cedula-azulCuando un tercero va a conducir un vehículo del que no es titular, es necesario proveerlo de la cédula azul que lo autorice para conducir sin problemas.

Este trámite se realiza principalmente para restringir la utilización de los vehículos sólo a aquellas personas que estén autorizadas por los propietarios, y que estas cuenten con una identificación. Esta identificación no remplaza a la Cédula Verde, sino que se destina a los terceros autorizados que manejan un auto del cual no son titulares; además de que sirve para que un tercero salga de manera temporal a un país limítrofe. La persona autorizada sólo debe presentar la cédula azul, no es necesario que lleve la cédula verde también. Al venderse el vehículo, todas las cédulas que se hayan pedido para conducirlo serán dadas de baja automáticamente.

Los requisitos para pedirla son:

– Documento de Identidad del titular (DNI, LC, LE) para acreditar la identidad.

– Formulario «02»

– Completar una declaración jurada con firma del solicitante certificada por escribano público o por el Encargado de Registro, en que el titular declara conocer que la autorización dada no modifica su responsabilidad civil con el automotor.

– Abonar los aranceles correspondientes.

Para realizar éste trámite hay que concurrir al registro automotor por lo menos dos veces: una para entregar los documentos necesarios y pagar el arancel, y la otra para retirar la cédula azul; y se entrega dentro de los dos días hábiles. Una alternativa para evitar trámites tediosos es encargarle el mismo a un gestor matriculado, servicio que puede contratar en Trascender, donde realizamos todas las gestiones sin que tenga que ir al registro.

La cédula azul no tiene vencimiento, y es imprescindible para mejorar la seguridad vial en su conjunto y la seguridad del propietario del automotor y del conductor en particular.

 

 

Fuente: http://www.dnrpa.gov.ar/portal_dnrpa/cedula_azul.php#a12